7 de noviembre de 2025
Sesión No. 17 de la Cátedra Carlos Restrepo Piedrahita
De acuerdo con la información consolidada por el Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición (SICAAC), administrado por la Dirección de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos (DMASC) del Ministerio de Justicia y del Derecho, la evolución del arbitraje en Colombia entre 2016 y 2025 revela importantes desafíos institucionales y de acceso a la justicia.
Las cifras muestran que el 56% de los centros de arbitraje no ha tramitado casos, y que la gestión del mecanismo se concentra en Bogotá, Medellín y Cali, donde se atiende el 78% del total nacional. Esta concentración refleja una oferta inactiva y territorialmente desigual. En este mismo sentido, el análisis por tipo de convocante muestra que las entidades privadas son las principales usuarias del arbitraje, seguidas por las personas naturales, mientras que la participación del sector público se mantiene en niveles mínimos.
En cuanto a la demanda, el arbitraje mantiene niveles bajos, con un promedio anual de entre 491 y 553 casos, influido por el desconocimiento ciudadano y la percepción de altos costos. Mientras solo el 46% de los trámites cerrados concluye con laudo o conciliación, un 23% termina por no pago de honorarios. Además, los casos que finalizan con laudo tardan en promedio catorce meses, lo que demuestra una pérdida de celeridad frente al principio que caracteriza este mecanismo.
El arbitraje administrativo representa apenas el 20% del total de casos, concentrado también en las grandes ciudades y limitado por la escasez de árbitros especializados y la duración de los procedimientos. Otro aspecto crítico es el uso recurrente de la acción de tutela como control de los laudos, lo cual genera inseguridad jurídica y debilita la autonomía del sistema arbitral.
En materia temática, las controversias contractuales dominan ampliamente, con picos en 2021 (896 solicitudes) y 2023 (705 solicitudes). Las áreas de consumo, propiedad horizontal y laboral tienen una participación marginal, lo que reafirma el carácter especializado y limitado del arbitraje en el país.
Estos datos evidencian que, aunque el arbitraje ha ganado espacio como mecanismo alternativo de solución de conflictos, enfrenta retos significativos en cobertura territorial, especialización y eficacia procesal, especialmente cuando el Estado es parte en la controversia.
A la luz de este panorama, la Cátedra Carlos Restrepo Piedrahita dedicó su más reciente sesión a analizar los retos del arbitraje con participación estatal, en el marco del hilo conductor del semestre: la administración de justicia y la organización del poder judicial. La conferencia estuvo a cargo de la Dra. Aída Patricia Hernández Silva, docente del Departamento de Derecho Civil de la Universidad Externado de Colombia, investigadora y árbitro de los Centros de Arbitraje y Conciliación de las Cámaras de Comercio de Bogotá, Medellín, Armenia y Manizales.
Con base en el artículo 116 de la Constitución Política y la Ley 1563 de 2012 (Estatuto Arbitral), la Dra. Hernández analizó los fundamentos constitucionales y legales del arbitraje, así como los límites de la competencia arbitral frente a los actos administrativos. Durante su intervención, abordó la controversia sobre los contratos celebrados por entidades privadas que administran fondos públicos, la tensión entre la Ley 1563 y la sentencia de unificación del Consejo de Estado de 2024, y la crisis del arbitraje estatal marcada por la dilación procesal y el uso excesivo de tutelas contra autos de trámite.
En el espacio de preguntas, la Dra. Hernández reflexionó sobre el papel de la Corte Constitucional, las reservas del Consejo de Estado frente al arbitraje y la necesidad de ajustar los tiempos procesales para fortalecer la eficacia de la justicia arbitral.
Nota: las cifras aquí expuestas fueron consultadas el día 3 de noviembre de 2025 en la página web del Sistema de Información de la Conciliación, el Arbitraje y la Amigable Composición (SICAAC).