11 de octubre de 2016
De la movilización a la deliberación: 36 preguntas para ordenar la deliberación constitucional y política sobre el proceso de paz después del plebiscito
A continuación, presento una serie de preguntas que tienen por objeto ordenar la deliberación sobre el proceso de paz después del plebiscito. Las preguntas están formuladas en clave constitucional y de representación política. Desde luego, no son todas las preguntas que surgen en momentos de incertidumbre como el que vive el país, de manera que contestar a todas estas preguntas no es una garantía efectiva para encontrar una solución a un conjunto de dificultades muy complejas desde diferentes puntos de vista. Sin embargo, las preguntas son un punto de partida para una discusión seria y ordenada sobre el futuro del proceso de paz. El nivel de inquietud obliga a ser estrictos y creativos, y a deliberar bajo la plena convicción de que nadie tiene la última palabra en este momento. Invito a mis colegas a que me escriban a mi correo (jorgeroaroa@gmail.com) o mediante comentarios a este post con sus respuestas y opiniones sobre estas preguntas o que me envíen sus opiniones en blogs, prensa o artículos académicos donde hayan expresado su posición.
- ¿Cuál es el estado del Acuerdo Final después del Plebiscito?
1.1. Desde el punto de vista constitucional: (1) ¿Cuáles son los efectos del Acuerdo Final después del resultado del plebiscito? (2) ¿Hace parte del bloque? (3) ¿Se incorporó a la Constitución?
1.2. Desde el Derecho Internacional y el DIH: (4) ¿Cuáles son los efectos del Acuerdo Final después del plebiscito? (5) ¿Acuerdo de DIH? (6) ¿Tratado firmado, pero no ratificado?
1.3. Desde el punto de vista político: (7) ¿Cuál es la posición del Acuerdo Final? (8) ¿Es la base de un nuevo acuerdo? (9) ¿El triunfo del NO implica un rechazo total o parcial?
- La implementación del Acuerdo Final después del Plebiscito
2.1. Desde el punto de vista constitucional: (10) ¿Constitucionalmente se puede implementar el Acuerdo Final? (11) ¿Se puede implementar parcialmente el Acuerdo Final? (12) ¿Cuáles son las vías expeditas para implementar (total o parcialmente) el Acuerdo Final diferentes al fast track? (13) ¿Se puede implementar por parte del Congreso mediante el procedimiento legislativo ordinario? (14) ¿Pueden los ciudadanos presentar iniciativas de ley y reforma constitucional para implementar parcialmente el Acuerdo Final? (15) ¿Se puede implementar por medio de cabildos?
2.2. (16) ¿Puede el Presidente implementar aspectos del Acuerdo a pesar de la victoria del NO? La Corte Constitucional señaló que el plebiscito solo vincula al Presidente y no a los demás poderes del Estado. Además, señaló que el Presidente no pierde sus funciones constitucionales como jefe de Estado y jefe de gobierno, entonces: (17) ¿Puede el Presidente presentar los proyectos de ley o de reforma constitucional para implementar el acuerdo bajo el entendido de que habrá pleno control político por el Congreso y de que la Corte Constitucional hará un control estricto a esas normas porque fueron aprobadas en contra de un pronunciamiento popular previo?
2.3. Desde el punto de vista político: (18) ¿Se puede implementar un acuerdo en contra de una decisión popular previa? (19) ¿Qué significa la movilización posterior al plebiscito? (20) ¿Se puede implementar la parte del acuerdo sobre la cual existe consenso nacional?
2.4. (21) ¿Qué significa ganar y qué significa perder en un plebiscito?
- Hacia un proceso expedito de renegociación
3.1. (22) ¿A qué se opusieron quienes votaron NO? (23) ¿Se opusieron a todo el acuerdo o solo a algunas partes? (24) ¿A qué partes concretas se opusieron? (25) ¿Cómo saber a qué se opusieron realmente quienes votaron NO?
3.2. (26) ¿Quién o quiénes representan al NO? (27) ¿Es suficiente con que esos representantes acepten unos cambios al Acuerdo mediante un pacto político? (28) ¿Los líderes del partido de oposición pueden ser considerados representantes de todos aquellos que votaron NO y, por ende, lo que ellos sugieran es lo que los ciudadanos rechazaron en el plebiscito?
3.3. Un nuevo Acuerdo (29) ¿debe ser refrendado? (30) ¿Se convirtió la refrendación en obligatoria en virtud de un proceso plebiscitario previo? (31) ¿Basta con un pacto político para entender que las objeciones de quienes votaron NO fueron recogidas? Si llegamos a un nuevo acuerdo (32) ¿este debe ser refrendado nuevamente o se entiende que las modificaciones recogieron la posición de quienes votaron NO?
- El gran fast track para la paz y la construcción de un constitucionalismo para la paz
4.1. (33) ¿Cómo implementar de manera mega-expedita el nuevo Acuerdo teniendo en cuenta que después de la renegociación habrá uno o dos procesos de refrendación y un acuerdo político? (34) ¿facultades para el Presidente? (35) ¿Incorporación automática? (36) ¿Cómo recuperar el tiempo perdido?
El proceso de paz está lejos de finalizar y cualquiera es un buen momento para aumentar la deliberación.