10 de febrero de 2026
Sesión No. 2 de la Cátedra Carlos Restrepo Piedrahita
El Departamento de Derecho Constitucional realizó la segunda sesión de la Cátedra Carlos Restrepo Piedrahita, titulada “La Defensoría del Pueblo en el diseño constitucional del poder en Colombia”. Este espacio académico estuvo orientado a reflexionar sobre el lugar que ocupa la Defensoría del Pueblo en la arquitectura constitucional del Estado social de derecho y sobre su papel como garante de los derechos fundamentales.
La sesión contó con la participación de la Dra. Iris Marín Ortiz, Defensora del Pueblo de Colombia para el periodo 2024–2028 y primera mujer en ocupar este cargo en los 35 años de existencia de la institución, así como del Dr. Jaime Córdoba Triviño, primer Defensor del Pueblo, exprocurador Delegado para los Derechos Humanos y expresidente de la Corte Constitucional.
A partir de este escenario académico, se analizó el papel de la Defensoría del Pueblo como un componente esencial del sistema constitucional de frenos y contrapesos, en torno a una pregunta central: ¿qué ocurre con el ejercicio del poder cuando existe una institución cuya función es convertir los derechos en límites exigibles y en garantías efectivas, incluso frente al propio Estado?
Con el fin de responder a esta cuestión, la Dra. Iris Marín Ortiz inició su intervención con un recorrido histórico por los antecedentes de la Defensoría del Pueblo, desde la figura del defensor de indios en la época colonial hasta el desarrollo contemporáneo del Ombudsman europeo. En su exposición, destacó que estas experiencias surgieron como respuestas institucionales frente a los abusos del poder y a la necesidad de proteger a los sectores más vulnerables.
Sobre esta base histórica, explicó la ubicación de la Defensoría dentro del Ministerio Público y su naturaleza diferenciada frente a otros órganos de control, en la medida en que no ejerce funciones sancionatorias ni disciplinarias. En consecuencia, subrayó que su actuación se sustenta en la magistratura moral, entendida como una autoridad que se construye a partir de una defensa coherente, sostenida e irrenunciable de los derechos humanos, cuyo propósito es prevenir daños y activar respuestas estatales oportunas antes de que las vulneraciones se consoliden.
Asimismo, la Defensora expuso el despliegue territorial del mandato institucional mediante las 42 defensorías regionales y una estructura integrada por más de 4.000 defensores públicos, encargados de garantizar el acceso efectivo a la justicia. Además, destacó el papel del Sistema de Alertas Tempranas como herramienta de prevención, junto con el uso del litigio estratégico y de la doctrina defensorial para corregir omisiones estatales y fortalecer la protección judicial de los derechos.
La intervención también se concentró en los principales retos actuales de la Defensoría del Pueblo. En primer lugar, se subrayó la necesidad de avanzar hacia una representación más diversa e incluyente en los altos niveles del Estado, resaltando el significado institucional de su designación como primera mujer Defensora. De igual forma, se señaló el desafío de integrar la protección de la naturaleza como sujeto de derechos y la importancia de preservar la autonomía institucional frente a los riesgos de politización, mediante un ejercicio independiente y coherente del mandato constitucional.
En complemento a esta mirada institucional, el Dr. Jaime Córdoba Triviño contextualizó el origen de la Defensoría del Pueblo en los debates de la Asamblea Nacional Constituyente de 1991. En su intervención, indicó que su fundamento incorpora la autoritas, entendida como una forma de autoridad basada en la dignidad republicana y en la integridad de quien ejerce el cargo.
Desde esta óptica, recordó que la creación de la institución respondió a la necesidad de contar con un órgano distinto a la Procuraduría General de la Nación, con una voz propia y la sensibilidad necesaria para representar a los sectores más desprotegidos. Así, explicó que la Defensoría fue concebida como una entidad especializada en derechos humanos, con autonomía administrativa y financiera, cuya cabeza es postulada por el Presidente de la República y elegida por la Cámara de Representantes.
A partir de este diseño constitucional, señaló que el objetivo fue dotar a la institución de legitimidad política y cercanía territorial, razón por la cual caracterizó a la Defensoría del Pueblo como el gran abogado del pueblo frente al Estado.
Finalmente, la sesión concluyó con un espacio de diálogo con el público, en el que se abordaron cuestiones relacionadas con el alcance del concepto de “pueblo” en la denominación de la institución, la noción de dignidad republicana, los criterios de priorización de la agenda de derechos humanos, la relación con la Procuraduría General de la Nación y las garantías constitucionales de autonomía y suficiencia presupuestal.
Como cierre del encuentro, se resaltó que la Defensoría del Pueblo ocupa un lugar central en el orden constitucional colombiano, cuya legitimidad se funda en la coherencia ética, la confianza ciudadana y su capacidad para interpelar al poder en defensa de la dignidad humana y del fortalecimiento de la democracia.